DGMM: Importantes aclaraciones sobre los Certificados de Navegabilidad y Permisos de Navegación

Mar Abierto - No hay necesidad de llevar a bordo los equipos que no sean necesar

(01/01/2014) (Tomás Vieito, ANAVRE) La Dirección General de la Marina Mercante ha aclarado oficialmente a los asociados de ANAVRE las dudas sobre la aplicación de la nueva normativa de los Certificados de Navegabilidad. Estos comunicados de la DGMM unifican la disparidad de criterios seguida en distintas Capitanías sobre este tema.
A la pregunta de ANAVRE (Asociación de Navegantes de Recreo) sobre la obligatoriedad de sus socios de llevar a bordo todos los equipos de seguridad cuando se navega en zonas que no lo requieren, la respuesta de la DGMM es:
"[....] Cuando el RD 1435/2010 estableció el modelo de Certificado de Navegabilidad para embarcaciones de recreo se pensó en un modelo que se viera sometido al menor número de canjes que afectaban desfavorablemente a la actividad habitual de las Capitanías Marítimas.
Esta es la razón por la que se suprimió el inventario del equipo al dorso de los certificados y por lo que figura la declaración: "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de comunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente." [...]
Todas las razones anteriormente expuestas nos llevan a concluir que los datos antes mencionados que figuran en los Certificados de Navegabilidad de embarcaciones de recreo de eslora menor o igual de 24 metros (modelo 1414) no deberían cambiarse, aunque el buque se encuentre navegando en una zona de navegación menor a la indicada en el certificado de navegabilidad. [....] Por supuesto en las embarcaciones que dispongan del modelo de certificado 1414 siempre puede ir un número menor de personas y navegar en una zona de navegación inferior a la máxima permitida [...] sin necesidad de que lleve la totalidad del equipo prescrito para la zona máxima donde sus caracteristicas constructivas le permitirían navegar"

En respuesta a la pregunta de ANAVRE sobre si un cambio de zona de navegación de un buque de recreo de sus asociados requiere una nueva inspección por parte de una ITB, la respuesta de la DGMM es:
"[....] en el nuevo modelo del certificado de navegabilidad, relaciona cada embarcación con su categoría de diseño y otros datos técnicos de la misma, por lo que un cambio de zona de navegación en la misma categoría de diseño no implica un cambio de certificado (mientras que un cambio de categoría de diseño implica cambio de certificado y de Declaración escrita de Conformidad), con lo cual, tampoco implica un reconocimiento adicional por parte de una ITB [...]"

A la pregunta de ANAVRE sobre cómo deben sus asociados rellenar el permiso de navegación que se expide a las embarcaciones de recreo a raíz de la publicación del RD 1435/2010, la respuesta de la DGMM es:
"[...] 1) En Categoría Diseño/zona de navegación: Elegir la opción "Según Certificado de Navegabilidad vigente"
2) En Titulación mínima requerida: Elegir la opción "Según zona de navegación y características del barco. En notas poner textualmente
3) "El patrón será el responsable de navegar dentro de la zona que corresponda de acuerdo con las características de la embarcación, del equipo instalado a bordo y de la titulación que posea".
Con estas anotaciones se consigue la armonización del Permiso de Navegación y el Certificado de Navegabilidad. Estas anotaciones sirven paa todos los modelos 1414, 1313, 1212 y 1010"

La DGMM también envío copia a ANAVRE del oficio dirigido al Servicio Marítimo en el que hace hincapié en que: "[...] la embarcación deberá llevar los elementos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente, que en muchos casos depende del número de personas que vaya a bordo y de la zona en que la embarcación se encuentre navegando en cada momento.
Debemos recordarles, que existen embarcaciones con los modelos del certificado de navegabilidad antiguos. A estas embarcaciones se les debe tratar de la misma manera que a las que ya disponen del nuevo modelo y exigirles que disponga de los elementos de seguridad de acuerdo a la zona de navegación en la que se encuentren navegando"

El comunicado de ANAVRE a sus asociados, que ha hecho llegar a los medios de comunicación, incide en que el espíritu del RD1435 de dejar la responsabilidad del equipo de seguridad a bordo en manos de su patrón contribuye a una mejor aplicación del mismo. ANAVRE también agradece a la DGMM su diligencia y buena predisposición al responder a las consultas vinculantes efectuadas por esta asociación de navegantes.

Comentarios

Solicitar copia del comunicado de la Marina mercante

Les agradeceria me enviaran una copia, si es posible, de la comunicacion que han recibido de la Marina Mercante sobre este tema , pues en la Capitanía Maritima de Gijon me obligan a pasar una ITB para darme el nuevo certificado de Navegabilidad y poder ampliar mi zona de navegacio a la zona 2. La ITB esta pasada hace dos años con el certificado antiguo y especifica que mi zona de navegacion es la 4 y por lo tanto no estoy obligado a pasarla hasta dentro de tres años. Sin embargo llevo a bordo todas las medidas de seguridad exigida para la zona 2 y la categoria de diseño del barco cumple con las necesidades para esta zona 2 por lo que entiendo no deberia haber problemas para obtener el nuevo certificado de navegabilidad sin gastarme el dinero en una nueva inspeccion técnica.Con la copia que les solicito espero convencer a Capitania y acabar con esta pesadilla, Muchas Gracias.

Copias del comunicado

Gracias por tu mensaje e interés en Mar Abierto.
Como queda claro en el redactado , las aclaraciones que se comentan en el texto sobre los Certificados de Navegabilidad y Permisos de Navegación son acuerdos de la DGMM concretados tras solicitudes y gestiones llevadas a cabo por ANAVRE, luego comunicadas a la prensa náutica por esta asociación de navegantes.
Los socios de ANAVRE han recibido estos comunicados y también explicaciones personalizadas en caso de ser necesarias. En caso contrario, tu gestoría náutica puede también aclarar y efectuar estos trámites.
Suerte en las gestiones.