El TSJIB paraliza la renovación de concesión del Club Náutico Ibiza, que podría tener que repetirse
(23/3/18) El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) ha anulado la concesión administrativa de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) al Club Náutico de Ibiza por considerar que incluía condiciones que no podían cumplir otros ofertantes. Uno de los criterios decisorios por los que la APB renovó al CN Ibiza era la cláusula de "arraigo", consideración que, según el tribunal, únicamente podía aportar este club.
El Club Deportivo 12 millas, que también había pugnado por esta concesión, presentó un recurso alegando que, en la práctica esta cláusula convertía la concesión en un trámite a medida para el CN Ibiza.
Recordemos que la APB renovó a finales de 2017 la concesión del Club Náutico Ibiza por 30 años, si bien el club llevaba desde 2010 reclamando esta renovación, desde que finalizó su anterior concesión. Desde entonces había continuado la explotación de los amarres a precario. Tras el fallo del tribunal, parece que el proceso de adjudicación deberá repetirse ceñido a los criterios jurídicos expresados.
El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears ha admitido de forma parcial el recurso presentado por el Club Deportivo Básico 12 Millas al considerar que uno de los criterios fijados por el Consejo de Administración de la APB en febrero de 2016 para la valoración de las ofertas presentadas "vulnera el principio de igualdad".
La cláusula que ha provocado el recurso a la concesión del CN Ibiza es la que se indica que "se valorará el arraigo y la proyección que el club tenga dentro de la sociedad donde se desarrolla y a la que va destinado el proyecto social, cultural y deportivo, para lo que serán importantes indicadores tales como el número de socios con que cuenta el club y que se beneficiarán del mismo".
El tribunal considera que al valorarse el "arraigo" y la "proyección" del club en la sociedad ibicenca, "ya vemos que dentro del primer criterio de puntuación se está fijando aquel que sólo puede acreditar el Club Náutico Ibiza, pues ningún otro club náutico podrá invocar tal concesión". El tribunal también indica que "la supuesta concurrencia competitiva no es tal" porque este criterio "se prioriza desproporcionadamente sobre los demás", ya que el "arraigo pesa –como mínimo– el doble que los criterios de estructura tarifaria y cuatro veces más –como mínimo– que el número y dimensiones de los amarres". Por esta razón, el tribunal advierte que el criterio del arraigo, "por su importancia en la ponderación y porque sólo puede ser invocado por uno de los clubs náuticos en concurrencia, vulnera el principio de igualdad".
De la sentencia, contra la que cabe recurso de casación en un plazo de 30 días, no se desprende que el concurso deba volver a repetirse, aunque es probable que así sea de seguirse los criterios expresados por el TSJIB.
El procedimiento de concesión en cuestión se inició en mayo de 2015, cuando se convocó la adjudicación para un periodo de 30 años de las instalaciones que ocupaba el Club Náutico de Ibiza, a precario desde 2010.
A dicho concurso se presentaron 3 ofertas: la del Club Náutico Ibiza, otra de la entidad Portocolom Náutic SL y una tercera del Club Deportivo 12 Millas, que ha sido la demandante a la que se le ha reconocido parcialmente su recurso.
El Club Deportivo 12 Millas está representado por el abogado Francisco Javier Jiménez Cisneros, que era asesor de la APB cuando su director Ángel Matías cometió los delitos por los que fue acusado por la Fiscalía Anticorrupción en el caso Mar Blau.
En 2009, Jiménez Cisneros emitió un informe sobre el CN Ibiza en el que consideraba la explotación de amarres una «actividad suntuaria» que no podía ser considerada estratégica ni relevante para un puerto, hecho que contrasta con las cifras de la APB, que revelan que las tasas de amarre de los transeúntes son un importante pilar de las inversiones en muelles comerciales para los cruceros.
Cisneros aconsejó a la APB, ya por Francesc Triay, que redactara el concurso y no renovara la concesión del CN Ibiza. Su dictamen tuvo un coste para las arcas públicas de 17.400€.
En 2015, este letrado avaló de su bolsillo el proyecto del Club Deportico 12 Millas para concurrir al concurso de concesión del espacio que ocupa en CN Ibiza. Jiménez Cisneros firmó así el recurso en contra de la APB, organismo público al que había asesorado entre 2008 y 2013.
La representación del CN Ibiza alegó en su defensa que, si algo destacaba en el recurso era precisamente que fuera Jiménez Cisneros quien lo presentara. Según el CN Ibiza, este letrado sí que disponía de información privilegiada del ente portuario, una información que conculcaba el principio de igualdad y libre concurrencia.
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